La Corte Constitucional de Colombia dio un giro histórico con la invalidación del artículo que penalizaba la interrupción del embarazo en el Código Penal, y pasó a tener uno de los sistemas mixtos sobre el aborto más amplios del mundo, además de convertirse en un referente para los demás países del continente. Hablamos con Sonia Ariza, abogada de la Universidad Externado de Colombia y también investigadora del Centro de Estudios de Estado y Sociedad en Buenos Aires, para analizar su impacto y el panorama regional del aborto.
Esta semana, de manera histórica, la Corte Constitucional de Colombia retiró el aborto del Código Penal y legisló su interrupción voluntaria legal hasta la semana 24 de gestación. Si alguna persona con capacidad de gestación quería interrumpir su embarazo antes de este hito, solo podía hacerlo si lo justificaba en alguna de las tres causales: riesgo para la salud de la persona gestante, inviabilidad vital del feto y abuso sexual.
“Realmente es un hito en la región”, asegura la investigadora adjunta del Centro de Estudios de Estado y Sociedad en Buenos Aires, Sonia Ariza. Para la también abogada, el sistema de causales en sí tiene problemas de accesibilidad al dejar fuera a personas que, “no pueden llegar a tiempo o que no logran demostrar estas causales, y también porque los servicios se vuelven muy restrictivos en la interpretación de estas”
Es por ello que señala que Colombia movió la vara a nivel latinoamericano con esta medida, ya que ahora tiene uno de los regímenes de sistema mixto en la materia más amplio en el mundo, “lo que se convierte en una garantía de acceso inmejorable para personas con capacidad de gestar en el país”.
Sistemas regulatorios de aborto
Sonia Ariza explica que actualmente existen tres tipos de sistemas que regulan la interrupción voluntaria del embarazo en el mundo: el de causales, el de aborto voluntario o a demanda y el sistema mixto.
El sistema de casuales, el que tiene Chile, “necesita que las persoas que requieran un aborto indiquen la razón y que esta esté justifiacada para interrumpir su embarazo. El punto central de este sistema es que el Estado es el que califica las razones que justifican el procedimiento”, indica la abogada.
Por otra parte está el sistema de aborto voluntario o a demanda, que “donde el Estado establece un plazo hasta el cual las personas puedan solicitar la interrupción del embarazo sin explicitar las razones, que quedan en el fuero interno y son privadas”.
Y existen los sistemas mixtos, presentes en países como Argentina, Uruguay y recientemente Colombia, así como en la mayoría de los países del hemisferio norte que tienen regulación sobre el aborto.
“Mezcla ambas”, sintetiza la investigadora, “Por un lado tiene el plazo, en donde el aborto es libre y voluntario hasta un determinado punto de la gestación. Y también tiene causales sin plazo determinado en situaciones donde el Estado no limita el acceso porque las complicaciones de salud pueden ocurrir en cualquier momento del embarazo y justifican que una persona quiera proteger su vida”.
Para Ariza es importante destacar que este tipo de legislaciones pone en debate el tema de los plazos legales para solicitar la interrupción voluntaria del embarazo, sobre todo por los mitos que rondan el concepto. “La evidencia es contundente y demuestra que más del 90% de los abortos se realizan durante el primer trimestre, o sea antes de las 12 semanas. Hay que sacar del imaginario que permitir una interrupción después de o hasta las 24 semanas hará que más personas la soliciten”.
¿Cuáles podrían ser esos casos?
“Menos del 1% de los abortos ocurren después de la semana 24 de gestación y pueden ser víctimas de trata privadas de su libertad, que no pueden llegar antes a los servicios, niñas y adolescentes muy jóvenes que reconocen los embarazos solamente por los signos externos y ya es demasiado tarde, o por demoras en los servicios de salud porque la solicitud se hace dentro de un plazo, pero se puede dilatar y la interrupción ocurre muy tarde. También cuando aparecen situaciones de salud importantes en etapas avanzadas de gestación que complican la vida de la gestante. Hay que asegurarnos que los casos más complejos, que son pocos, van a estar cobijados por las normas y tendrán un acceso adecuado”.
Panorama latinoamericano
En septiembre de 2021 las activistas mexicanas celebraron la modificación del Código Penal del estado de Coahuila, donde la penalización con cárcel por interrupción del embarazo quedó invalidada. Si bien no aplica para los demás estados, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) afirmó que se trataba de un precedente que podría ser replicado.
Junto a Ciudad de México, Coahuila pasaría a ser uno de los seis estados con un sistema mixto de regulación sobre el aborto en el país. Así como Uruguay, que permite la interrupción legal del embarazo hasta las 12 semanas, y Argentina, que tiene estados donde incluso se permite hasta las 14. “Pero desafortunadamente también hay países como El Salvador, donde hay prohibicion absoluta y donde todas las personas que recurran a un aborto están sujetas a un proceso penal”, apunta la investigadora.
Ariza explica que la ola verde está llegando a más países de la región, pero que también ocurren situaciones que podrían presentar retrocesos gigantescos en los derechos reproductivos de la región. Es el caso de Ecuador, donde la Corte Constitucional emitió un fallo en el que amplió el derecho a la interrupción del embarazo en causal violación, que solo era permitido en casos de abuso sexual de mujeres con discapacidad psicosocial e intelectual”. Esto es algo positivo, según analiza la especialista, pero “también están pensando en imponer un límite por edad gestacional de manera arbitraria y regresiva porque no existía límite gestacional previamente”.
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Un aspecto que la investigadora destaca en materia de derechos sexuales y reproductivos en la región es que los Estados deben tomar acciones frente a las consecuencias que la pandemia tuvo en el acceso a estos.
Ariza formó parte del estudio #LaSaludReproductivaEsVital del Consorcio Latinoamericano Contra el Aborto Inseguro (CLACAI), donde relevaron información sobre las prácticas de salud reproductvia y el acceso a sus servicios en pandemia en nueve paises del contintente.
“Hubo grandes retrocesos”, enfatiza Ariza, “En países como Perú, Bolivia y Ecuador se redujo hasta en un 86% la práctica de interrupciones legales del embarazo con respecto al año anterior porque hubo escasez de recursos humanos y estos países tomaron la decisión de cerrar el acceso al primer nivel de atención, que es donde muchas veces se identifican los embarazos y se hace la consejería para poder interrumpir embarazos no intencionales o que tienen riesgos para la salud de la gestante”. La investigadora celebra el éxito, pero hace un llamado a seguir luchando por el respeto de los derechos sexuales y reproductivos.