Los hechos.
La tarde de ayer se viralizó un video registrado el domingo 8 de marzo en cercanías de Plaza Dignidad en el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Mujer que impactó, indignó, entristeció y dolió a cualquier ser humano con un corazón latiendo dentro del pecho.
La secuencia muestra como entre cuatro carabineros zamarrean, ahorcan, arrastran, patean y atizan golpes en la cara y el cuerpo con sus bastones a un hombre tirado en el piso, peleando desde el suelo, mientras un grupo de mujeres intenta con desesperación defenderlo.
El primer medio en contextualizar lo sucedido, en aportar antecedentes, fue TVN donde entrevistaron al receptor de la golpiza.
“Ellos se ciegan en estas circunstancias (…) después de haberme golpeado brutalmente, insistieron no habiendo necesidad”, relató un muy reflexivo Patricio Bao, el hombre de 69 años, que agregó que le tuvieron que poner puntos en la cabeza y en un ojo.
Al rato después, cuando el video ya era tendencia y empezaba a haber una condena transversal a lo que se interpretó como violencia desproporcionada de la policía, salieron desde Carabineros de Chile a “aportar más antecedentes” respecto de lo sucedido.
Lo hicieron a través de un punto de prensa donde explicaron que la institución “rechaza cualquier tipo de violencia y en virtud de nuestro compromiso de transparencia y respeto a DDHH entregamos antecedentes adicionales para entender el contexto de este caso (…) La persona fue detenida por desordenes graves y atacó a carabineros en clara desventaja numérica (…) Su detención fue legal e incluso se le decretaron medidas cautelares (…) Sin embargo hemos dispuesto una investigación administrativa para evaluar el procedimiento policial y determinar si el uso de fuerza empleada se ajusta a los protocolos institucionales”.
Junto con eso liberaron este video grabado con una GoPro de un policía, en el cual se ve a Patricio Bao pegándole una patada a un carabinero:
La trama por supuesto que sigue.
Mientras el ministro del Interior Gonzalo Blumel e incluso el Intendente de la región Metropolitana Felipe Guevara condenaron el actuar de carabineros por el desproporcionado actuar, de igual forma, la Intendencia se querelló contra Patricio Bao invocando la Ley Antibarricadas.
Su abogado señaló sobre el actuar de su defendido que Bao “entiende como padre que hay un joven agredido injustamente por personal policial y reacciona. Estamos en clara presencia de una víctima de violencia policial. Comparar la fuerza de una persona de 69 años, que al levantar un pie empuja a un carabinero, con un funcionario que tiene un traje anticorte, antiflama, protecciones, casco, bastón de un metro, me parece una falta de criterio”.
Esto son los hechos. Ahora, una breve reflexión. Mirando los videos, ambos, uno puede deducir un par de cosas sin necesidad de darle mucha vuelta.
Patricio Bao no debió haber pateado al carabinero, por todas las razones lógicas y legales pero más que todo incluso por su propio bien. Me aventuro a pensar que incluso quizá el piensa lo mismo. Pero más allá de eso, porque convengamos en que no tiene mucha lógica que todo Chile esté discutiendo respecto del actuar de un hombre particular, lo que sí es en extremo preocupante que la institución que está encargada de hacer cumplir la Ley, no la respete. Es decir, la reacción de un grupo de policías entrenados y preparados profesionalmente no puede ser la misma que un grupo de pandilleros cuando recibe una agresión.
Si la misma institución y el Gobierno no demuestran de una vez que los primeros en cumplir la Ley tienen que ser quienes tienen la fuerza, los recursos y se les paga por hacer que el resto la respete, estaremos en el mismísimo horno.
Solo para dejar claro que el párrafo anterior no es una opinión al voleo sino fundamentada en la Ley:
A continuación lo que dicta la Ley al respecto del tema.
Principio de Proporcionalidad: Significa que debe haber un equilibrio entre el grado de resistencia o de agresión que sufre un Carabinero y la intensidad de fuerza que se aplica para lograr que la persona se someta al control policial. Igualmente este principio conlleva que el uso de la fuerza tiene como limite que no puede infligir mas daño, que aquel que se pretende evitar con su empleo y, en su caso, considerar las características particulares de la persona, como por ejemplo, ser un niño, niña o adolescente o un adulto mayor. Ejemplo: un Carabinero puede emplear su bastón de servicio para inhibir una agresión de una persona que utiliza sus puños, y puede usar su arma de fuego para repeler amenazas potencialmente letales como armas blancas o de fuego.