El experto en derecho internacional y académico de la Universidad de Santiago, Juan Ignacio Chacón, reconoce que las conclusiones de la organización tienen “un peso simbólico importante”, pero que “si se rechazan o no se cumplen sus recomendaciones, no existe responsabilidad para el Estado”.

A su juicio, la responsabilidad se configuraría “en caso de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el marco de un proceso, condenara al Estado de Chile en base a los informes de la Comisión Interamericana de DD.HH”.

“Miembros de la policía nacional de Chile (Carabineros) cometieron graves violaciones de derechos humanos, que incluyen uso excesivo de la fuerza en las calles y abusos en detención, luego de masivas protestas que comenzaron el 18 de octubre de 2019 y continuaron durante varias semanas”.

Así parte el informe que dio a conocer esta mañana Human Rights Watch (HRW). Se trata del segundo análisis de una organización internacional cuyos resultados apuntan directamente contra la institución policial. El primero fue de Amnistía Internacional, que el Gobierno rechazó “categóricamente” la semana pasada.

Al respecto, el abogado experto en derecho internacional y académico de la Universidad de Santiago, Juan Ignacio Chacón, responde:

¿El Gobierno puede desconocer los informes de organismos internacionales en materia de Derechos Humanos sin recibir ninguna sanción de parte de la comunidad internacional?

Hay que distinguir entre informes de organismos internacionales, como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y los informes de organizaciones internacionales, como los de Human Rights Watch y Amnistía Internacional.

Los informes de organismos internacionales no son estrictamente vinculantes, en tanto no exista un proceso judicial internacional en contra del Estado de Chile. Sin embargo, si se inicia ese proceso y se rechaza o se incumplen las condiciones que pueda dictar la Corte Interamericana de DDHH, el Estado incurre en responsabilidades internacionales.

Los informes de organizaciones internacionales que actúan por su cuenta y que no están en el sistema de derecho internacional tienen un peso simbólico importante, pero si se rechazan o no se cumplen sus recomendaciones, no existe responsabilidad para el Estado.

En cualquier caso, ¿estos informes pueden ser utilizados como pruebas en un eventual juicio internacional?

Sí, aunque el peso probatorio más fuerte lo tiene el informe de la CIDH.

¿A qué sanciones se expone el Gobierno en caso que una corte internacional los considerara válidos?

En caso de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el marco de un proceso condenara al Estado de Chile en base a los informes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el país incurre en responsabilidad internacional. Por lo general, esto se materializa en la obligación de reparar monetariamente, dictar ciertas leyes o dejar sin efecto algunas sentencias.

¿Qué peso tiene el informe que está redactando la comisión mandatada por la alta comisionada de DDHH de la ONU?

Tiene bastante peso, siempre y cuando exista un proceso de por medio en la Corte Internacional de Justicia, en la Asamblea General de las Naciones Unidas o en el Consejo de Seguridad Nacional. El informe podría hacerse valer y la responsabilidad podría ser mucho más directa. Con todo, vale la pena enfatizar que los informes tanto de organismos como organizaciones tienen un peso muy grande, porque por lo general son certeros; los organismos que los emiten tienen una larga trayectoria realizando esta labor y en el ámbito internacional son muy respetados. Por eso, no es tan fácil desconocerlos, ya que la reputación es muy importante en el derecho internacional. Si se desconocen, el país puede caer en descrédito y perder seriedad.

FUENTE: USACH